Exigencias para técnicos y técnicas para ejercer en el País Vasco

Obligaciones legales vigentes en relación con el acceso y ejercicio de las profesiones reguladas en el ámbito de la actividad física y del deporte, conforme a Ley 8/2022, de 30 de junio, sobre acceso y ejercicio de profesiones de la actividad física y del deporte en la Comunidad Autónoma del País Vasco.

https://www.boe.es/eli/es-pv/l/2022/06/30/8

Decreto 161/2025, de 28 de julio, de desarrollo reglamentario de la anterior.

https://www.euskadi.eus/y22-bopv/es/bopv2/datos/2025/08/2503641a.shtml

  1. 1. Ámbito de aplicación
  2. Esta instrucción afecta a:

Actividades deportivas realizadas de forma habitual en el País Vasco, tanto por cuenta propia como ajena.

Clubes, federaciones, empresas y otras entidades prestadoras de servicios deportivos.

Profesores/as de Educación Física, monitores/as, entrenadores/as y directores/as deportivos/as.

Profesiones del deporte:

Afecta tanto a Profesionales y/o voluntarios/as.

2. Obligaciones de las entidades deportivas (clubes, federaciones, empresas)

            2.1. Publicidad de cualificaciones

            Las entidades están obligadas a publicar en lugar visible (y en su página web, si existe) los siguientes datos del personal técnico:

                        Nombre y apellidos

                        Profesión ejercida

                        Cualificación profesional

                        Formación en primeros auxilios

Si cuentan con 3 técnicos/as a jornada completa o a 5 con cualquier tipo de jornada, deberán de contar con un director deportivo. (Técnico Superior o equivalente- Nivel3).

Deberán de tener un RC para sus voluntarios/as.

  • Contratación con requisitos

Solo podrán prestar servicios técnicos las personas que estén debidamente cualificadas conforme a la ley.

  • Seguro obligatorio

Debe garantizarse que el personal técnico esté cubierto mediante un seguro de

responsabilidad civil o de caución.

  • Inscripción en el Registro

La inscripción en el Registro de Profesionales de la Actividad Física y del Deporte del País Vasco, es obligatoria e individual.

Registro de Profesionales de la Actividad Física y el Deporte – Cultura – Euskadi.eus

  • Obligaciones del personal técnico y profesional

3.1. Cualificación profesional

            Se requiere disponer de titulación oficial o certificado legalmente reconocido.    También se admiten habilitaciones temporales en los casos previstos     legalmente (Títulos federativos previos al 2022, experiencia profesional         demostrable…..)

            3.2. Declaración responsable (habilitación temporal)

            Las personas que ya ejercían antes de la Ley 8/2022 y no tienen titulación podrán          seguir haciéndolo hasta el 31 de diciembre de 2025.

Si presentan una declaración responsable y acreditan experiencia profesional mínima obtendrán una habilitación temporal.

            3.3. Seguro y primeros auxilios

            Obligación de contar con:


                        – Seguro de responsabilidad civil.

Formación actualizada en primeros auxilios dos últimos años (excepto en actividades no presenciales). En caso contrario, curso de reciclaje.

            3.4. Certificado de delitos sexuales

            Obligatorio para quienes trabajen habitualmente con menores, mediante           consentimiento para consulta o certificado negativo.

            Formación avalada por la administración pública en materia de protección del   menor en el deporte para quienes trabajan en este ámbito.

Trámites – sede.mjusticia.gob.es

  • Plazos y advertencias

Las habilitaciones temporales caducaran el 31 de diciembre de 2027 y será necesario conocer la situación de cada profesional cara a acreditar las competencias a través de dispositivos pertinentes.


A partir del 1 de enero de 2026, solo podrán ejercer quienes acrediten oficialmente su cualificación profesional o este habilitados/as.


No cumplir con estas exigencias puede suponer infracciones sancionables conforme al régimen sancionador de la Ley 8/2022.

  • Formaciones:

Además de la titulación de técnico/a de piragüismo se exige contar con la siguiente formación:

  • Primeros Auxilios
  • LOPIVI: Sensibilización en el cuidado y protección de la infancia en el deporte. (En el caso de estar en contacto con menores)

            5.1. Oferta formativa:

            Aquí encontrareis los cursos requeridos para cumplir con la exigencia legal.

            EKFB/ UFDV

            Basque Team Academy

https://basqueteamacademy.smartmobile.fit/es

  • Registro Profesionales y Censo Voluntarios/as:

Desde este enlace accederéis al Registro de Profesionales o Censo de Voluntarios/as.

https://www.euskadi.eus/registro/registro-de-profesionales-de-la-actividad-fisica-y-el-deporte/web01-a2kiesko/es

  • Asistente virtual inteligente.

Para aclarar dudas, Adinex, asistente virtual inteligente ADI:

https://adinex.smartmobile.fit/kiroleskola/leydeldeporte/eus

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